jueves, 1 de octubre de 2020

HABLEMOS MAS A FONDO SOBRE "LA DISCRIMINACIÓN"


¿Qué es la discriminación?😖😥

La discriminación ataca el corazón mismo de lo que significa ser humano. Discriminar es dañar los derechos de alguien simplemente por ser quien es o por creer en lo que cree. La discriminación es nociva y perpetúa la desigualdad.


La discriminación consiste en otorgar un trato peor a una persona en comparación con otras. Suecia cuenta con una ley contra la discriminación en la cual se prohíbe la discriminación. Sin embargo, desde un punto de vista legal, no todo trato injusto es considerado discriminatorio.
Hay grupos humanos que son víctimas de la discriminación todos los días por alguna de sus características físicas o su forma de vida. El origen étnico o nacional, el sexo, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, la condición de salud, el embarazo, la lengua, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil y otras diferencias pueden ser motivo de distinción, exclusión o restricción de derechos.

 

 Los efectos de la discriminación en la vida de las personas son negativos y tienen que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos; lo cual puede orillar al aislamiento, a vivir violencia e incluso, en casos extremos, a perder la vida.

¿Cual es el origen de la discriminación?

La discriminación se origina en las distintas relaciones sociales, muchas veces desde las familias, a través de la formación de estereotipos y prejuicios.

Estereotipos 💪

Un estereotipo es una imagen o idea comúnmente aceptada, con base en la que se atribuyen características determinadas a cierto grupo o tipo de personas, que lleva a considerar a todos sus integrantes o a todas ellas como portadoras del mismo tipo de características, sin que dicha atribución obedezca a un análisis objetivo y concreto de las características específicas de la persona de que se trate.

En términos generales, un estereotipo se forma al atribuir características generales a todos los integrantes de un grupo, con lo que no se concibe a las personas en función de sus propias características, sino de ideas generales, a veces exageradas y frecuentemente falsas, que giran 8 en torno a la creencia de que todos los miembros del grupo son de una forma determinada.

Prejuicios 💢

Un prejuicio se forma al juzgar a una persona con antelación, es decir, prejuzgaría, emitir una opinión o juicio —generalmente desfavorable— sobre una persona a la que no se conoce, a partir de cualquier característica o motivo superficial. Los prejuicios son una forma de juzgar lo distinto a nosotros sin conocerlo, considerando lo diferente como malo, erróneo, inaceptable o inadecuado. 

En muchas ocasiones la discriminación obedece a patrones socioculturales tradicionalmente aprendidos y repetidos, en cuya transmisión y perpetuación el medio familiar y el entorno social desempeñan un papel muy importante, ya que a partir de dichas interacciones las personas comienzan a establecer criterios de selección en distintos ámbitos. Es común que un niño aprenda y repita las prácticas igualitarias o discriminatorias que observa en su entorno familiar

 A partir de los estereotipos y los prejuicios, resultado de la incomprensión, el temor, el rechazo y la falta de respeto a las diferencias, se genera la intolerancia. Se suele rechazar, juzgar, evitar, excluir, negar, desconocer o, incluso, eliminar y suprimir con base en estos motivos. La intolerancia imposibilita la convivencia en armonía entre los distintos grupos y personas, y lo que debemos buscar en función de la igualdad y la paz social es precisamente la convivencia armónica de todas las diferencias; es decir, la tolerancia. 

Características de la discriminación

1. Es una conducta social mente presente, se aprende rápido y tiende a reproducirse hasta convertirse en una práctica cotidiana. 

2. Es progresiva, ya que las personas pueden ser discriminadas por distintas causas; sus efectos pueden acumularse e incrementarse, produciendo daños mayores y dando lugar a nuevos problemas y a una mayor discriminación. 

3. Evoluciona al adoptar nuevas formas y modalidades. Constantemente se reproducen nuevas situaciones que tienden a generar conductas discriminatorias. 

4. Obedece a distintas causas, pero el resultado siempre es el mismo: la negación del principio de igualdad y la violación de los derechos humanos. 

5. Las conductas discriminatorias pueden generar daños morales, físicos, psicológicos, materiales y diversas limitaciones en muchos ámbitos a las personas discriminadas, al mismo tiempo que ocasionan un daño general a la sociedad en su conjunto, al fomentar divisiones que la fragmentan.  


¿Cómo se presenta la discriminación?

La discriminación puede presentarse en distintas formas:

Discriminación de hecho. 
Consiste en la discriminación que se da en las prácticas sociales o ante funcionarios públicos, cuando se trata de modo distinto a algún sector, como por ejemplo a las mujeres o a las personas mayores.

Discriminación de derecho. 
Es aquella que se encuentra establecida en la ley, vulnerando los criterios prohibidos de discriminación, mediante la que se da un trato distinto a algún sector. Es el caso, por ejemplo, de una ley que estableciera que las mujeres perderían su nacionalidad si contrajeran matrimonio con un extranjero, pero que esta ley no afectara a los hombres que estuvieran en semejante situación.

Discriminación directa. 
Cuando se utiliza como factor de exclusión, de forma explícita, uno de los criterios prohibidos de discriminación. Discriminación indirecta. Cuando la discriminación no se da en función del señalamiento explícito de uno de los criterios prohibidos de discriminación, sino que el mismo es aparentemente neutro. Por ejemplo, cuando para obtener un puesto de trabajo se solicitan requisitos no indispensables para el mismo,
como tener un color de ojos específico.

Discriminación por acción. 
Cuando se discrimina mediante la realización de un acto o conducta.

Discriminación por omisión. 
Cuando no se realiza una acción establecida por la ley, cuyo fin es evitar la discriminación en contra de algún sector de la población.

Discriminación sistemática. 
Se refiere a la magnitud de la discriminación de hecho o de derecho en contra ciertos grupos en particular. 

  • 👪 TEMAS EN LOS QUE SE PRESENTA LA DISCRIMINACIÓN:

Sexo
El concepto sexo define a una persona como mujer u hombre. La prohibición de discriminación por razón de sexo se aplica también a las personas que tienen previsto cambiar de sexo o ya lo han hecho.
Identidad o expresión de género
La identidad o expresión de género implica que una persona no se define como hombre ni mujer, o que ésta, en base a su vestimenta (o en otro modo), expresa su pertenencia a otro sexo.

Etnia o pertenencia étnica
El concepto etnia hace referencia al origen nacional o étnico, color de piel o similar de una persona.

 

Religión u otra creencia
Algunos ejemplos de religiones son el hinduismo, el judaísmo, el cristianismo y el islam. El concepto - otras creencias - se refiere a aquellas convicciones que tienen su base o están relacionadas con un afiliación religiosa, como pueden ser el budismo, el ateísmo o el agnosticismo. Sin embargo, no se incluyen aquí las convicciones de tipo político o filosófico.
Discapacidad
Una discapacidad es una disminución de las capacidades físicas, psíquicas o cognitivas de una persona.
Orientación sexual

La ley define las siguientes orientaciones sexuales: homosexual, heterosexual y bisexual.
Edad
La edad se corresponde con la longevidad alcanzada. La ley protege de este tipo de discriminación a todas las personas, sin importar su edad.

ámbitos sociales donde la ley contra la discriminación es aplicable:

Área laboral
La prohibición de discriminación es aplicable a personas contratadas, solicitantes de empleo, que realizan o solicitan un puesto de prácticas o se desempeñan como consultores.
Educación
La prohibición de discriminación es aplicable a niños, alumnos, estudiantes y solicitantes de plazas en una carrera o programa de educación.
Política de empleo y servicios de empleo o bolsas privadas de empleos
La prohibición de discriminación es aplicable a solicitantes de empleo o candidatos asistidos por un servicio o bolsa de empleo.
Nuevos emprendedores y empresarios
La prohibición de discriminación es aplicable a la solicitud de apoyo de financiación de aquellas personas que buscan crear o gestionar una empresa.
Cualificación profesional
La prohibición de discriminación es aplicable a solicitantes de certificación, licencia u homologación similar para el ejercicio de profesiones determinadas (por ejemplo, médico o intérprete jurado).
Membresía o adhesión a ciertas organizaciones
La prohibición de discriminación es aplicable a aquellas personas que pretenden afiliarse o colaborar en sindicatos, organizaciones patronales o asociaciones profesionales, o bien que desean beneficiarse de sus prestaciones.
Bienes, servicios y vivienda
La prohibición de discriminación es aplicable a aquellas personas que, por ejemplo, van a realizar compras, acuden a un restaurante o buscan una vivienda.
Reuniones o actos públicos
La prohibición de discriminación es aplicable a aquellas personas que, por ejemplo, asisten a un concierto, un mercadillo o una feria de muestras.
Asistencia o servicio sanitario y de salud
La prohibición de discriminación es aplicable a aquellas personas que, por ejemplo, son atendidas en un hospital o por un dentista.
Servicios sociales, transporte para discapacitados y subsidio para adaptación de vivienda
La prohibición de discriminación es aplicable a aquellas personas que, por ejemplo, se ponen en contacto con los servicios sociales.
Seguridad social, seguro de desempleo y ayuda económica a los estudios
La prohibición de discriminación es aplicable a aquellas personas que, por ejemplo, solicitan subsidio parental de la Agencia Sueca de Seguro Social o ayuda a los estudios de CSN.
Servicio militar o civil obligatorio
La prohibición de discriminación es aplicable a aquellas personas que, por ejemplo, se alistan en el ejército o se inscriben o realizan una formación militar.
Trato con la administración pública
La prohibición de discriminación es aplicable a aquellas personas que, por ejemplo, se comunican con una autoridad pública para obtener información, orientación, asesoramiento u otro tipo de ayuda.


La ley anti-discriminación no es aplicable en todas las situaciones

La legislación contra la discriminación no regula asuntos entre particulares, como por ejemplo, las relaciones entre vecinos o familiares. 

La prohibición de discriminación tampoco es aplicable o comprende el contenido de publicidad, televisión, radio, redes sociales o periódicos y revistas. Sin embargo, existen otras leyes y regulaciones en estos ámbitos que establecen límites acerca de lo que está permitido.

Algunos ejemplos claros de conductas discriminatorias son:
 
1.- Impedir el acceso a la educación pública o privada por tener una discapacidad, otra nacionalidad o credo religioso.
 
2.- Prohibir la libre elección de empleo o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo, por ejemplo a consecuencia de la corta o avanzada edad.
 
3.- Establecer diferencias en los salarios, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales, como puede ocurrir con las mujeres.
 
4.- Negar o limitar información sobre derechos reproductivos o impedir la libre determinación del número y espaciamiento de los hijos e hijas.
 
5.- Negar o condicionar los servicios de atención médica o impedir la participación en las decisiones sobre su tratamiento médico o terapéutico dentro de sus posibilidades y medios.
 
6.- Impedir la participación, en condiciones equitativas, en asociaciones civiles, políticas o de cualquier otra índole a causa de una discapacidad.
 
7.- Negar o condicionar el acceso a cargos públicos por el sexo o por el origen étnico.

Fuentes:

💫https://www.do.se/other-languages/spanska/que-es-la-discriminacion/

💫https://www.amnesty.org/es/what-we-do/discrimination/

💫http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=84&id_opcion=142&op=142

💫http://familiasysexualidades.inmujeres.gob.mx/pdf/2_Cartilla_Discriminacion.pdf

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